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¿CONOCE USTED LAS NOVEDADES DE LA REFORMA PENSIONAL?

 


 

 

El Congreso de la República aprobó la reforma pensional presentada por el Gobierno del actual presidente Gustavo Petro; sin embargo, tenga en cuenta que falta la sanción presidencial del cuerpo normativo para que de manera formal sea una ley y entre en vigencia.

El gran cambio que la reforma trae es la eliminación de competencia entre el régimen de Prima Media (Col pensiones) y el Régimen De Ahorro Individual (Fondos Privados), por lo que la reforma pensional establece 4 pilares del sistema, dentro de los cuales están:

 

  1. Pilar Solidario: Incluye a las personas consideradas en extrema pobreza, hombres con 65 años y mujeres de 60 años que no alcanzan a recibir pensión, podrán recibir un subsidio por lo que el  pilar solidario no implica derechos pensionales, los recursos de la transferencia provendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación (PGN) del año en curso y serán administrados por el Ministerio del Trabajo.
  2. Pilar Semicontributivo: Personas que cotizaron entre 300 y 1.000 semanas (65 años hombres, 60 años mujeres)
  3. Pilar Contributivo: Trabajadores con contrato de trabajo e independientes con capacidad de pago, estableciendo un umbral de cotizacion de 2.3 salarios mínimos, por lo que quienes ganen menos del umbral deberán realizar sus cotizaciones al fondo comun (Colpensiones) que será administrado por el Banco de la República y quienes perciban mayores ingresos el restante de los 2.3 salarios,  podrá ser dirigido a los fondos privados.
  4. Pilar Voluntario: Dirigido a las personas que quieran hacer aportes voluntarios y administrados por los AFP.

 

¿A QUIÉNES APLICARÍA Y A QUIENES NO?

La reforma pensional establece un régimen de transición mediante el cual se evalúa a la población a la que le serán aplicadas las nuevas condiciones, por lo que el proyecto aprobado estipula que NO se aplicará la reforma a quienes al 1 de julio de 2025 (fecha estipulada de entrada en vigencia de la reforma)

  1. Mujeres que tengan cotizadas 750 semanas o más.
  2. Hombres que tengan cotizadas 900 semanas o más.

En ese sentido, quienes tengan las condiciones anteriores continuarán bajo el régimen actual y seguirán cotizando bajo las condiciones ya conocidas.

 

TENGA EN CUENTA QUE:

  • La reforma plantea que las mujeres que no alcancen a completar las semanas requeridas para pensionarse podrán descontar 50 semanas por cada hijo que tengan, por un máximo de tres hijos.
  • Las personas que no logran cumplir las semanas para pensionarse, pero sí aportaron. Actualmente, reciben una devolución de saldos. La reforma reemplaza esta figura por un ingreso estable por el resto de su vida (la renta vitalicia) basado en las contribuciones que hizo.
  • Quiénes están en condición de pobreza podrían recibir el beneficio del pilar solidario conforme a lo señalado al inicio, para aquellos que no aplican, su ingreso de por vida contemplaría una adición de 3% de rentabilidad y un subsidio del 30% para las mujeres y del 20% para los hombres.
  • Aquellos que coticen menos de 300 semanas recibirán la devolución de la plata basada en una fórmula (indemnización sustitutiva) por las cotizaciones que hicieron en Col pensiones, más su saldo en los fondos
  • Se reducirá para las mujeres el tiempo de cotización en 25 semanas desde 2025 hasta llegar a las 1.000 semanas en 2036.

Finalmente, recuerde que se encuentra pendiente la sanción presidencial del texto normativo para que inicie la vigencia de la reforma y en ese sentido únicamente hasta dicho momento se conocerá el texto y las condiciones definitivas.

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