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LA RESOLUCIÓN 000467 DE 2025 INTRODUCE NUEVOS CAMBIOS EN LA PLANILLA DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL


 

La Resolución 000467 modifica ciertos anexos técnicos de la Resolución 002388 de 2016 y aprueba nuevas definiciones y modificaciones para ser tenidas en cuenta por empleadores, contratistas y trabajadores independientes a partir del periodo de cotización de julio de 2025, por lo que a continuación se presentan los cambios más resaltantes de la presente resolución.

La Resolución 000467 de 2025 introduce nuevas definiciones en el glosario de la Pila para ser acorde con el nuevo sistema de pensiones, de la Ley 2381 del pilar contributivo:

  • Sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común: constituido por cuatro pilares: el pilar solidario, el pilar semicontributivo, el pilar contributivo y el pilar de ahorro voluntario.
  • Pilar contributivo: está constituido por dos componentes, el de prima media (a cargo de Colpensiones) y el complementario de ahorro individual (que administran las ACCAI).
  • Aportes al pilar contributivo: corresponden a las cotizaciones que deben realizar los trabajadores, contratistas e independientes con ingresos netos iguales o superiores a 1 smmlv, a quienes no les aplique el régimen de transición del artículo 75 de la Ley 2381 de 2024.
  • Los aportes al componente de prima media: se aplican para aquellos cuyos ingresos base de cotización se ubiquen entre 1 y 2,3 smmlv.
  • Los aportes al componente complementario de ahorro individual: son aplicables cuando el ingreso base de cotización corresponda a un valor superior a 2,3 y hasta 25 smmlv.

Los contratantes pueden realizar los aportes de sus contratistas a través de la Pila

La Resolución 000467 establece el tipo de aportante 15 – Contratante, el cual puede ser utilizado tanto por personas naturales como por personas jurídicas que, además de realizar los aportes de sus empleados, lleguen a un acuerdo con sus contratistas de prestación de servicios el pago directo de los aportes a salud, pensiones, riesgos laborales y, de manera voluntaria, éstas últimas a caja de compensación familiar; para ello, debe reportarse el tipo de cotizante 59 – Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes.

Este nuevo tipo de cotizante da cumplimiento a lo estipulado en el artículo 21 de la Ley 2381 de 2024, que permite a los contratantes llevar a cabo el pago de estos aportes, así como de los obligatorios a caja de compensación. Para realizar estos pagos, la resolución aclara que se debe usar la planilla Y – Independientes empresas, que se reporta como cotizante como tipo 59. La misma planilla la pueden usar los contratantes obligados a responder al sistema de riesgos laborales siempre que las actividades contratadas se encuentren clasificadas como de alto riesgo (clases IV y V).

Así quedó el cotizante tipo 51 – Trabajador a tiempo parcial.

La Resolución 000467 de 2025 aclara el uso del tipo de cotizante 51 – Trabajador a tiempo parcial, en la planilla Pila, que es aplicable a los trabajadores dependientes o independientes que laboran por esta modalidad de trabajo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 27, 28 y 29 de la Ley 2381 de 2024. Este cotizante aporta a pensión, riesgos laborales y caja de compensación familiar.

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