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¿QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO?

 


 

 

 

De acuerdo al artículo 515 del Código de Comercio determina el concepto general de Establecimiento de Comercio.

“Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa.”

Por su parte, el artículo 516 del mismo Código prescribe los elementos del establecimiento de comercio de la siguiente forma:

 “ARTÍCULO 516. Salvo estipulación en contrario, se entiende que forman parte de un establecimiento de comercio: 1) La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios; 2) Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento; 3) Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares; 4) El mobiliario y las instalaciones; 5) Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el arrendatario; 6) El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial, y 7) Los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias del establecimiento, siempre que no provengan de contratos celebrados exclusivamente en consideración al titular de dicho establecimiento.”.

¿Qué debemos entender por local comercial?

El local comercial es el espacio físico donde se ofrecen bienes y servicios, mientras que los establecimientos de comercio lo conforman los objetos, bienes o cosas utilizados para realizar la actividad comercial, en el mismo sentido el local comercial es el inmueble y se encuentra identificado con matrícula inmobiliaria, mientras que el establecimiento tiene es una matrícula mercantil, la cual es independiente del local comercial así funcione en él.

¿Cuáles son las diferencias entre establecimiento de comercio y local comercial?

Ha dicho la superintendencia de sociedades sobre lo siguiente:

“(…) Aunque no están reglamentados, por “locales comerciales” comúnmente se entienden aquellos locales donde funcionan establecimientos de comercio, esto es el lugar físico en el cual el comerciante tiene sus artículos o el conjunto de bienes que conforman el establecimiento de comercio, v. gr. puntos de venta, tiendas o comercio, que es el lugar donde se atiende a clientes de manera presencial, ya sea para vender productos o para prestarle algún servicio.”

¿Cuáles son las obligaciones tributarias?

frente a las obligaciones tributarias de los establecimientos de comercio las mismas obedecen o recaen sobre el dueño del establecimiento no sobre el establecimiento en sí, situación diferente de los locales comerciales que para su funcionamiento deben dar cumplimiento a requisitos propios del código de policía que refieren entre otros por ejemplo tener un estudio de suelo y cumplimiento de requisitos sanitarios.

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