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AHORA ES POSIBLE LA DEDUCCIÓN DE UN MISMO DEPENDIENTE ECONÓMICO POR PARTE DE DIFERENTES CONTRIBUYENTES


 

 

Los dependientes económicos son personas que carecen de ingresos propios y no permite una independencia económica, por tanto, son acogidos por una persona que cuente con un ingreso que le permite suplir las necesidades.

¿Quiénes se consideran dependientes económicos ante la Dian?

DEPENDIENTES

1

Hijos que tengan hasta 18 años

2

Hijos que tengan entre 18 y 23 años, cuando padre o madre se encuentre financiando su educación en instituciones de educación superior

3

Hijos que tengan más de 18 años que estén en situación de dependencia por factores físicos o psicológicos (certificado por medicina legal)

4

Conyugue o compañero permanente que se encuentre en situación de dependencia por ausencia de ingresos o ingresos menores a (260 UVT) $ 12.236.900 certificada por Contador público o por dependencia por factores físicos o psicológicos que deben ser certificado por (medicina legal)

5

 

Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia por ausencia de ingresos o ingresos menores a (260 UVT) $ 12.236.900 certificada por contador público o por dependencia originada por factores físicos o psicológicos que deben ser certificado por (medicina legal)

Si el contribuyente está obligado a declarar renta, puede tomar hasta cuatro (4) dependientes económicos que le permitirán ser acreedor a un descuento en el impuesto de renta, sin embargo, en comunicaciones anteriores por parte de la Dian, a través del oficio 3966 del 31 de marzo del 2023, este nos indicaba en su momento que varios contribuyentes solicitarán esta deducción más de una vez.

Ejemplo: una pareja tiene un hijo, ambos son residentes fiscales en Colombia y deben declarar renta para el caso del padre el declara renta por rentas no laborales y la madre por rentas de trabajo laborales.

Esta pareja tiene derecho a tomar la deducción del dependiente económico que en el caso correspondiente es el hijo ambos pueden informar como dependiente económico a su hijo en cada renta; sin embargo, lo que se debe precisar es como informar este dependiente en cada declaración, con la nueva deducción del dependiente económico-establecida en el numeral 3 del artículo 336 del ET o la deducción que ha manejado del 10% de acuerdo con el artículo 387 del ET.

DEPENDIENTE ECONOMICO

DEDUCCION ART 387 ET

DEDUCCION ART 336 ET

El trabajador podrá disminuir una deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la (relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de treinta y dos (32) UVT mensuales establecidas $ 1.506.080 x 12 meses = 18.072.960 El trabajador podrá deducir, en adición al límite setenta y dos (72) UVT $ 3.388.680 por dependiente hasta un máximo de cuatro (4) dependientes

Para el caso en particular al ser un solo dependiente la pareja puede incluir al dependiente económico en la renta por cualquiera de las dos opciones mencionadas anteriormente, sin embargo, cabe indicar que la limitación de la concurrencia para las rentas de trabajo no laborales precisada a través del artículo 3 del Decreto 2231 de 2023, podría interpretarse como una incongruencia, debido a que el artículo 7 de la Ley 2277 de 2022, permite la concurrencia de estos beneficios sin diferenciar entre rentas de trabajo de empleados y las obtenidas por trabajadores independientes.

 

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