¿CONOCE CUÁLES SON LAS SANCIONES SI LOS EMPLEADORES NO CUMPLEN CON LA DISMINUCIÓN DE LA JORNADA LABORAL?
De acuerdo a lo establecido en la Ley 2101 del 2021, el Ministerio de Trabajo recordó a los empleadores que a partir del 15 de julio de 2024 hasta el 14 de julio de 2025 la cantidad máxima de la jornada laboral semanal es de 46 horas.
Ahora bien, teniendo en cuenta que la Ley 2101 de 2021 es una norma de orden público y de obligatorio cumplimiento no puede desconocerse, toda vez que esta medida busca mejorar las condiciones de vida de los colaboradores y promover equilibrio entre la vida laboral y familiar, también se enfatiza que la hora de almuerzo no hace parte de la jornada laboral, por lo anterior, no se puede aumentar la hora de almuerzo de acuerdo a lo mencionado por el Ministerio de Trabajo donde señaló que los empleadores que adopten esta acción para disminuir las horas de trabajo, no estarían cumpliendo con lo establecido en la ley.
Por otra parte, las empresas que se niegue a reducir la jornada laboral pueden enfrentarse a sanciones administrativas y posibles condenas judiciales
- Multas entre 1 y 5.000 salarios mínimos impuestas por el Ministerio del Trabajo (hasta $6.500.000.000).
- Renuncia motivada: el incumplimiento reiterado del empleador de reducir la jornada podría configurar una causa justa para que el trabajador, de manera unilateral, ponga fin al contrato de trabajo y exija el pago de las correspondientes indemnizaciones ante el juez laboral.
Tener en cuenta que la norma tiene excepciones, toda vez, que no aplica para aquellos trabajadores del Estado que estén vinculados a empresas estatales y que su relación contractual se rija por el Código Sustantivo del Trabajo.
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