Skip to main content

TRAZANDO EL CAMINO HACIA LA SEGURIDAD LABORAL: REQUISITOS DE REGISTRO PARA EVALUACIONES Y PLANES DE MEJORA DEL SG-SST POR PARTE DE LOS EMPLEADORES.


 

Sabía usted que la circular 0093 de 2023 se emite con el fin de comunicar a las empresas y entidades pertinentes las fechas específicas para el registro de autoevaluaciones correspondientes al año 2023. Esto se ajusta a lo estipulado en la resolución 0312 de 2019, artículo 26, que establece la obligación para las empresas de realizar la autoevaluación en el mes de diciembre a partir del año 2020, siguiendo los valores indicados en la tabla de estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

¿Quiénes están obligados a implementar los estándares mínimos del sistema de gestión del SST?

  • Se incluyen dentro del sistema general de riesgos laborales los siguientes actores:
  • Empleadores tanto del sector público como del privado.
  • Contratantes de personal bajo modalidades laborales como trabajo civil, comercial o administrativo.
  • Trabajadores, tanto dependientes como independientes.
  • Organizaciones de economía solidaria.
  • Empresas de servicios temporales y trabajadores en misión.
  • Estudiantes que estén afiliados al sistema general de riesgos laborales, junto con otros mencionados específicamente en la circular.

¿Cuál es la obligación de las empresas?

Las compañías sujetas a esta disposición deben efectuar el registro de la autoevaluación correspondiente al año 2023 a través de la plataforma disponible en https://sgrl.mintrabajo.gov.co , dentro de los siguientes plazos:

  • Entre el 18 y el 29 de diciembre de 2023
  • Entre el 1 de febrero y el 29 de marzo de 2024

Explorando Más Allá: Consideraciones Clave en el Registro de Autoevaluaciones y Planes de Mejoramiento del SG-SST.

  • Durante el mes de enero de 2024, el sistema estará inactivo debido a la transición de las vigencias fiscales del Gobierno Nacional, las vacaciones colectivas de algunas entidades y la vacancia judicial.
  • Antes de proceder con el reporte de la autoevaluación, se recomienda revisar los instructivos, videos explicativos y demás recursos proporcionados por el Ministerio de Trabajo para este propósito.
  • Para obtener asistencia adicional en los procesos necesarios, puedes contactar al Ministerio de Trabajo a través del correo electrónico sgrldatosti@mintrabajo.com.co.

Deja una respuesta