DIAN AJUSTA FORMATOS 2516 Y 2517 DE CONCILIACIÓN FISCAL PARA CONTRIBUYENTES AG 2024
En el ámbito empresarial, la contabilidad desempeña un papel crucial, independientemente del tamaño de la empresa. Cuando surge la sospecha de inconsistencias entre los registros contables y los saldos reales, o cuando se busca verificar la correcta gestión de los procesos, la conciliación contable y fiscal se presenta como una herramienta esencial.
La conciliación fiscal, según lo establecido en el artículo 1.7.1 del DUT 1625 de 2016 y modificado por el Decreto 1998 de 2017, es un procedimiento formal que sirve como sistema de control para que los contribuyentes del impuesto de renta, obligados a llevar contabilidad, identifiquen las diferencias entre los marcos técnicos contables y las disposiciones tributarias. Este proceso implica una revisión exhaustiva de las cuentas contables, identificando aquellas que no son aceptadas fiscalmente y ajustándolas al final del periodo.
La conciliación no solo busca cuantificar las diferencias, sino también proporcionar explicaciones cualitativas y cuantitativas sobre las diferencias entre los marcos normativos contables y las normas fiscales. Este informe consolidado, que debe presentarse como anexo a la declaración de renta, se aplica a los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, ya sea de forma obligatoria o voluntaria, siempre y cuando hayan obtenido ingresos brutos fiscales iguales o superiores a 45.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) en el año gravable sujeto a conciliación.
El proceso de conciliación fiscal consta de dos elementos: el control de detalle y la conciliación fiscal. El control de detalle, una herramienta autónoma implementada por el contribuyente, registra las diferencias entre los sistemas contables y fiscales. Este control debe reflejar de manera consistente el tratamiento fiscal de las transacciones, garantizar la identificación y detalle de las diferencias, y registrar las transacciones en pesos colombianos (moneda funcional).
Por otro lado, la conciliación fiscal es el informe consolidado que condensa y explica las diferencias entre los saldos contables y fiscales. Este informe, presentado electrónicamente a través de los servicios informáticos de la DIAN, constituye un anexo obligatorio en la declaración de renta.
La Resolución 11147 del 22 de diciembre de 2023, expedida por la DIAN, introduce ajustes a los formatos 2516 y 2517 utilizados en la conciliación fiscal. Estos ajustes responden a modificaciones normativas, y aunque se da a entender que se están modificando las versiones 4 y 3, los instructivos posteriores indican el uso de las versiones 5 y 4 respectivamente.
Es crucial destacar que el incumplimiento de la obligación formal de conciliación fiscal se considera como una irregularidad en la contabilidad, sancionable según el artículo 655 del Estatuto Tributario.
Además, la conciliación fiscal debe conservarse durante el período de firmeza de la declaración de renta y complementario y estar a disposición de la Administración.
Las modificaciones introducidas por la Ley 2277 del 13 de diciembre de 2022 han llevado a ajustes en los formatos de conciliación fiscal aplicables a partir del año gravable 2023. La DIAN, mediante la Resolución No. 011147 del 22 de diciembre de 2023, adiciona y modifica parcialmente los anexos de resoluciones anteriores, estableciendo pautas actualizadas para la presentación de la conciliación fiscal. Estos cambios buscan alinear los formatos con las últimas disposiciones legales y garantizar la adecuada cumplimentación de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.