OJO: ESTOS SON LOS NUEVOS CAMBIOS FRENTE AL PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CONTRATISTAS CON LA REFORMA PENSIONAL.
Con la aprobación de la Ley 2381 de 2024 de la reforma pensional, el sistema en Colombia se prepara para las modificaciones estructurales de este aspecto tan importante en nuestro país.
Dentro de estos cambios se encuentran las nuevas reglas para realizar los aportes a seguridad social de los contratistas, recordamos que los contratistas son aquellas personas naturales o jurídicas que prestan un servicio mediante un contrato comercial en beneficio de un tercero.
Así las cosas, estos contratistas antes de la Ley 2381 de 2024, debían realizar sus aportes a seguridad social (salud, pensión, arl) mediante los diferentes operadores dispuestos para tal fin, ahora, a partir del mes de julio del 2025, la obligación recae sobre el contratante, es decir, las empresas que contraten personal en calidad de contratistas deberán asumir el pago directo de los aportes a salud, pensión y riesgos laborales, esto con el fin de garantizar la transparencia, formalización y protección en el sistema de seguridad social.
En otras palabras, la empresa contratante deberá descontar de los honorarios pactados con el contratista, el porcentaje correspondiente al monto de las cotizaciones a salud y pensión obligatoria, como también los aportes voluntarios a pensión en caso de que el contratista exprese por escrito su intención de aportar bajo este mecanismo.
¿ QUE DEBE TENER EN CUENTA COMO CONTRATANTE?
En este punto es importante aclarar que el hecho de asumir por parte del contratante el pago de los aportes a seguridad social de sus contratistas, esto no genera ningún tipo de relación laboral, por lo tanto es una garantía de seguridad jurídica que se debe tener clara entre las partes.
Ahora bien, es menester mencionar que este cambio significativo trae consigo un impacto en las empresas para lo cual deberán adaptarse a lo siguiente:
- Mayor carga operativa, esto, debido a que tendrán que implementar sistemas para calcular, declarar y pagar los aportes de seguridad social de cada contratista. Esto supone un esfuerzo adicional en términos de tiempo y recursos.
- Ajuste de presupuestos, deberán incorporar este nuevo gasto en su planificación financiera, lo que podría impactar la rentabilidad, especialmente para las pequeñas y medianas empresas.
SUGERENCIAS ADICIONALES
Para evitar multas y/o sanciones a su empresa es importante que a partir del mes de julio del presente año se implementen estas medidas para lo cual sugerimos:
- Asegurar que cada pago se realice de la manera correcta y a tiempo.
- Realizar capacitaciones al personal encargado de realizar dichos pagos sobre los nuevos procedimientos.
- Implementar herramientas digitales que contribuyan a la automatización de los procesos y se minimicen posibles errores.
- Importante informar a los contratistas sobre los cambios a realizar.
CONCLUSIONES:
- A partir del 1 de julio del 2025 el contratante será el responsable de realizar los aportes a seguridad social del contratista.
- Es responsabilidad del contratante realizar los pagos dentro de las fechas establecidas.
- Este cambio supone una mayor carga operativa para los contratantes.
- La finalidad de la norma es garantizar la transparencia, formalización y protección en el sistema de seguridad social, dado que anteriormente muchos contratistas no realizaban estos aportes de manera independiente.