¡ATENCIÓN! NOVEDADES EN EL DOCUMENTO EQUIVALENTE POS ELECTRÓNICO PARA COLOMBIA 2024
La Resolución 000165 de la DIAN, emitida el 1 de noviembre de 2023, introduce novedades en la expedición de tiquetes POS, destacando el nuevo documento equivalente POS electrónico, aplicable desde 2024.
- ‘El documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS’ permitirá al adquirente soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, siempre y cuando el documento identifique al comprador con el nombre o razón social y su número de identificación o NIT.
- Es importante aclarar que el POS electrónico no tendrá limitación de valor, es decir, no aplicará el límite de 5 UVT para su expedición, como se había definido en la Resolución 1092 de 2022.
- También cabe aclarar que quienes actualmente expiden los documentos equivalentes a la factura de venta, podrán decidir no implementar el documento equivalente electrónico y en su lugar facturar electrónicamente el 100% de sus operaciones de venta de bienes o servicios.
- Quienes, por el contrario, decidan implementar el documento equivalente electrónico deben llevar a cabo el proceso de habilitación y adaptación tecnológica oportunamente, de acuerdo con las fechas de obligatoriedad de expedición electrónica establecidas en la Resolución 165 de 2023.
- Este Documento equivalente electrónico tiquete de maquina electrónica con sistema POS se crea con el fin de que las personas que no están obligadas a facturar generaren este documento y que el comprador pueda utilizar este como objeto de costo o deducción.
Por último, el objetivo de la administración tributaria al implementar soportes electrónicos es contar con insumos de calidad para brindar mejores servicios a los contribuyentes, tales como devoluciones automáticas, declaraciones sugeridas, uso de la plataforma RADIAN y consultas de información sobre los documentos electrónicos. Además, sirven para fortalecer los procesos de control fiscal para hacerlos más efectivos.
Inicialmente, se estableció un calendario de implementación que iniciaba a partir del 3 de febrero de 2024 para los grandes contribuyentes, pero estos plazos fueron modificados y esta responsabilidad fue aplazada por 3 meses más para el inicio de su implementación a partir de mayo de 2024 a través de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024.
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