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¡ATENCIÓN! NOVEDADES EN EL DOCUMENTO EQUIVALENTE POS ELECTRÓNICO PARA COLOMBIA 2024

 


 

La Resolución 000165 de la DIAN, emitida el 1 de noviembre de 2023, introduce novedades en la expedición de tiquetes POS, destacando el nuevo documento equivalente POS electrónico, aplicable desde 2024.

  1. ‘El documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS’ permitirá al adquirente soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, siempre y cuando el documento identifique al comprador con el nombre o razón social y su número de identificación o NIT.
  2. Es importante aclarar que el POS electrónico no tendrá limitación de valor, es decir, no aplicará el límite de 5 UVT para su expedición, como se había definido en la Resolución 1092 de 2022.
  3. También cabe aclarar que quienes actualmente expiden los documentos equivalentes a la factura de venta, podrán decidir no implementar el documento equivalente electrónico y en su lugar facturar electrónicamente el 100% de sus operaciones de venta de bienes o servicios.
  4. Quienes, por el contrario, decidan implementar el documento equivalente electrónico deben llevar a cabo el proceso de habilitación y adaptación tecnológica oportunamente, de acuerdo con las fechas de obligatoriedad de expedición electrónica establecidas en la Resolución 165 de 2023.
  5. Este Documento equivalente electrónico tiquete de maquina electrónica con sistema POS se crea con el fin de que las personas que no están obligadas a facturar generaren este documento y que el comprador pueda utilizar este como objeto de costo o deducción.

Por último, el objetivo de la administración tributaria al implementar soportes electrónicos es contar con insumos de calidad para brindar mejores servicios a los contribuyentes, tales como devoluciones automáticas, declaraciones sugeridas, uso de la plataforma RADIAN y consultas de información sobre los documentos electrónicos. Además, sirven para fortalecer los procesos de control fiscal para hacerlos más efectivos.

Inicialmente, se estableció un calendario de implementación que iniciaba a partir del 3 de febrero de 2024 para los grandes contribuyentes, pero estos plazos fueron modificados y esta responsabilidad fue aplazada por 3 meses más para el inicio de su implementación a partir de mayo de 2024 a través de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024.

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