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CAMBIO EN LOS PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SAGRILAFT Y PTEE EN LAS CÁMARAS DE COMERCIO Y ESAL EXTRANJERAS CON NEGOCIOS PERMANENTES EN COLOMBIA


 

Por medio de la Circular Externa 100-000003 del 23 de abril de 2024, la Superintendencia de Sociedades modificó el plazo para la implementación del SAGRILAFT y PTEE en las Cámaras de Comercio y las ESAL extranjeras con negocios permanentes en Colombia, el cual estaba establecido para el 31 de agosto de 2024. La circular en mención extendió esta fecha hasta el 31 de mayo de 2025.

 

De acuerdo con la Superintendencia de Sociedades, esta modificación se realizó con el objetivo de fortalecer la supervisión, promoviendo los estándares éticos y de transparencia. Además, la entidad manifiesta que, una vez cumplido el nuevo plazo, todas las cámaras de comercio y ESAL extranjeras con negocios permanentes en Colombia tendrán que implementar el SAGRILAFT y PTEE a más tardar el 31 de mayo siguiente a su fecha de creación, en concordancia con lo establecido en los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades.

 

Fuente: https://www.infolaft.com/sagrilaft-y-ptee-nuevo-plazo-para-camaras-de-comercio-y-esal-extranjeras

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