LEY SANDRA CEBALLOS (LEY 2360 DE 2024). PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PACIENTES DE CÁNCER
La Ley Sandra Ceballos-1384 DE 2010, expedida por el congreso de la república, por cual se establecen las acciones para la atención integral del cáncer en Colombia. Tuvo un cambio el pasado 14 de junio de 2024 con la expedición de la Ley 2360, con la que con este nuevo amparo normativo permite modificar y adicionar el que se reconocen como sujetos de especial protección constitucional a todas aquellas personas que padezcan cáncer o exista la sospecha.
LEY 2360 DEL 14 DE JUNIO DE 2024:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto modificar la ley 1384 de 2010 reconociendo para los efectos de esta ley, como sujetos de especial protección constitucional a las personas con sospecha de cáncer o diagnosticadas con cáncer.
ARTÍCULO 3. El artículo 5° de la Ley 1384 de 2010 quedara así: Control Integral del Cáncer. Declárese el cáncer como una enfermedad de interés en materia de salud pública y de prioridad nacional para la Republica de Colombia, y reconózcase a y quienes tengan sospecha o sean son diagnosticados con esta enfermedad, como sujetos de especial protección constitucional. Los pacientes con sospecha de cáncer serán priorizados frente a pruebas diagnósticas clínicas. El control integral del cáncer de la población colombiana considerara los aspectos contemplados por el Institute Nacional de Cancerología, apoyado con la asesoría permanente de las sociedades científicas clínicas y/o quirúrgicas relacionadas directamente con temas de oncología, los representantes de las entidades promotoras de salud o de planes de beneficios en salud y un representante de las asociaciones de pacientes debidamente organizadas y avalado por el Ministerio de Salud y Protección Social, que determinara acciones de promoción y prevención, detección temprana, tratamiento integral, rehabilitación y cuidados paliativos. Y párrafos (…)
¿EN QUÉ AYUDARÁ ESTA LEY?
Con el apoyo de esta ley, se ayudará a garantizar la priorización en el sistema de salud ya que como lo mencionaban anteriormente, son sujetos de especial protección constitucional a quienes padecen esta enfermedad al igual que a aquellos en los que se existe una sospecha y se trabaja en un diagnostico seguro, en la que se permite mitigar la morbilidad y mortalidad y así permitirles a estas personas que padecen de esta enfermedad una mejor calidad de vida.
El cáncer al declarase como una enfermedad de interés, se les permiten a los pacientes dar mayor importancia en materia de salud pública, y les ayuda a aquellas personas padecientes de esta enfermedad o que se encuentren en estudios por sospecha de padecerla, aumentar el acceso a pruebas diagnósticas, científicas, oncológicas, procedimientos quirúrgico, entre otros y a ser tratados con prioridad y respeto de la mano de personal profesional calificado asignado en las diferentes entidades de salud.
En conclusión, la Ley Sandra Ceballos (Ley 2360 de 2024) representa un avance significativo en la protección y atención integral de los pacientes de cáncer en Colombia. Esta ley, al reconocer a las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer como sujetos de especial protección constitucional, establece bases sólidas para mejorar el acceso a la atención médica oportuna y de calidad. Además, al declarar el cáncer como una enfermedad de interés en salud pública y prioridad nacional, se fortalece el compromiso del sistema de salud en la reducción de la morbilidad y mortalidad asociadas al cáncer, así como en la mejora de la calidad de vida de quienes padecen esta enfermedad.
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