TENGA EN CUENTA LAS FECHAS PARA PRESENTAR LOS INFORMES FINANCIEROS Y NO FINANCIEROS MEDIANTE LOS MÓDULOS STORM Y SIRFIN DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Todas las sociedades en Colombia se encuentran en las fechas claves para llevar a cabo la reunión del máximo órgano social para presentar los informes de gestión, aprobación de estados financieros y demás, en este sentido, después de llevar a cabo estas reuniones es importante verificar si su empresa esta obligada a presentar los correspondientes informes financieros y no financieros mediante los módulos STORM y SIRFIN, lo anterior, para dar cumplimiento a lo requerido por la Superintendencia de Sociedades en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control dentro de los plazos y parámetros fijados por la Entidad.
Frente a los requerimientos de información financiera que realiza la entidad, a través de la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera CURIF, la Superintendencia de Sociedades, en aras de mejorar el ejercicio, generar mayor entendimiento, seguridad y facilitar la consulta a todos los supervisados, dispone el cronograma de plazos para la presentación de los informes, en el siguiente enlace:
https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos-economicos-societarios/estados-financieros-2024
En este sentido, las fechas de presentación están organizadas de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT. Los plazos inician a partir del 8 de abril hasta el 13 de mayo de 2025.
¿QUE NORMATIVIDAD CREA ESTE TRÁMITE?
- – Ley 222 de 1995 – Artículos 36 y 38; 46 y 47; 82 al 85.
- – Ley 1314 de 2009 – Artículo 10
- – Decreto 1023 de 2012 – Artículo 7 Numeral 2 y 3.
- – Decreto 1074 de 2015
- – Circular 100-000004 de 2016
- – Circular 100-000006 de 2018
- – Circular básica jurídica
- -Circular externa anual (100-000016 de 2021)
¿CUÁL ES LA FINALIDAD DEL REGISTRO DE ESTA INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS SOCIEDADES OBLIGADAS?
El cumplimiento de la presentación de la información financiera, en los plazos establecidos, permite a la Superintendencia de sociedades desarrollar una supervisión objetiva y precisa, enfocando sus esfuerzos para prevenir riesgo de insolvencia o incumplimientos normativos mediante la implementación de alertas tempranas que permitan una actuación oportuna con el fin de minimizar la afectación al orden público económico.
¿EL TRÁMITE SE PUEDE HACER DE MANERA VIRTUAL? ¿TIENE ALGÚN COSTO?
Si, el trámite lo puede realizar de manera virtual y no tiene ningún costo, en este sentido, el proceso queda registrado de manera inmediata en el aplicativo.
¿NECESITA SABER SI SU EMPRESA SE ENCUENTRA REQUERIDA? CONSULTELO AQUÍ CON EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT)
https://superwas.supersociedades.gov.co/ConsultaGeneralSociedadesWeb/ConsultaRequeridas
CONCLUSIONES:
- El registro de información financiera y no financiera es de obligatorio cumplimiento para todas las sociedades supervisadas por este ente de control.
- El registro de la información se debe realizar dentro de los términos establecidos en el cronograma de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT.
- El incumplimiento de esta disposición puede generar eventualmente requerimientos por parte de la superintendencia de sociedades, multas o sanciones que conllevan a un desgaste administrativo y/o financiero.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA
- Superintendencia de sociedades
- Cámara de comercio de Bogotá.
Para obtener más información o resolver cualquier inquietud, contáctenos a través del siguiente correo electrónico: contactenos@lyqauditores.com
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