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EL IMPACTO LEGAL DE TENER UN ACCIONISTA CON MÁS DEL 50%: ¿ESTÁ CUMPLIENDO CON SUS OBLIGACIONES DE REPORTE?


 

 

El artículo 30 de la Ley 222 de 1995 en Colombia se refiere a la «Situación de Control» y establece disposiciones relacionadas con la adquisición de una participación significativa en una sociedad. En términos generales, esta ley se enfoca en la regulación de las sociedades por acciones y las operaciones relacionadas con el control de estas empresas. A continuación, se explican los aspectos clave del artículo 30 de la Ley 222 de 1995:

¿Qué se entiende por situación de control?

El artículo define la «situación de control» como la adquisición de un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito de una sociedad por acciones.

¿Cuál es el propósito del reporte de esta situación?

El propósito de esta disposición es proteger los derechos de los accionistas minoritarios, asegurando que tengan la oportunidad de vender sus acciones en igualdad de condiciones cuando un inversionista adquiere una participación significativa en la empresa.

 En razón a lo anterior esta figura jurídica tiene como fin regular la adquisición de una posición de control en una sociedad por acciones en Colombia y garantizar que los accionistas minoritarios tengan la oportunidad de vender sus acciones en condiciones justas cuando se produce una transacción de este tipo. Esta ley tiene como objetivo promover la transparencia y la equidad en las operaciones relacionadas con el control de las empresas.

¿Cuál es el riesgo de no llevar a cabo la precitada situación de control?

La sociedad corre el riesgo de ser sancionada por la Superintendencia de Sociedades, la cual puede iniciar un proceso sancionatorio, ya sea a solicitud de cualquier interesado o de oficio, debido a su autoridad para investigar y sancionar a quienes, estando obligados, no registren el control o grupo empresarial correspondiente por cada omisión. La sanción impuesta por la Superintendencia de Sociedades consiste en una multa equivalente a 200 salarios mínimos mensuales vigentes.

 

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