MINTRABAJO ACTIVA CONTROL 2026:
CLAVES PARA EL REPORTE OBLIGATORIO DEL SG-SST
El Ministerio del Trabajo ha oficializado las reglas de juego para el reporte de gestión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) mediante la expedición de la Circular 027 de 2026. Este documento es la hoja de ruta legal para que empresas del sector privado y entidades públicas validen su cumplimiento preventivo durante el presente año.
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE REGISTRO Y AUTOEVALUACIÓN?
De acuerdo con la nueva disposición, todas las organizaciones deben realizar el registro anual de su autoevaluación de estándares mínimos. Este ejercicio no es meramente informativo; es el diagnóstico legal que demuestra la debida diligencia del empleador en la protección de sus trabajadores.
Periodo de Reporte: Se debe registrar la autoevaluación correspondiente al año de gestión 2025.
Plan de Mejoramiento: No basta con el reporte de cumplimiento; es obligatorio adjuntar el plan de mejoramiento derivado de los hallazgos de la autoevaluación para garantizar la evolución del sistema.
¿DÓNDE SE DEBE REALIZAR EL TRÁMITE Y EN QUE TIEMPO?
Para evitar sanciones administrativas, es fundamental observar los aspectos técnicos del reporte. En primer lugar, el proceso se debe centralizar a través de la plataforma del Fondo de Riesgos Laborales. Se recomienda verificar con antelación el acceso y las credenciales de la entidad. Y el plazo máximo e improrrogable para formalizar este registro es el 31 de julio de 2026.
¿CÚALES SON LAS CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO?
La Circular 027 de 2026 resalta que la seguridad y salud no es una única gestión, sino un ciclo de mejora. La norma exige que la formulación del plan anual del SG-SST sea coherente con los resultados obtenidos en la autoevaluación, cerrando así el ciclo de revisión, ajuste y seguimiento.
Por lo tanto, el desconocimiento de estos lineamientos o la omisión en el registro dentro del plazo establecido puede acarrear riesgos procesales y administrativos de alta cuantía. Cómo:
• Sanciones Económicas: Multas impuestas por las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.
• Debilidad Jurídica: Ante un eventual accidente de trabajo o enfermedad laboral, la ausencia de este reporte debilita la posición de la empresa en procesos de responsabilidad civil, al no poder demostrar el cumplimiento de los estándares mínimos legales.
DOCUMENTOS Y REFERENCIAS
• Resolución 0312 de 2019
• Circular 027 de 2026
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